Claves
- El juzgado deja la causa a un paso del juicio oral contra el CEO de Glovo
- Se le imputa un delito penal contra los derechos de los trabajadores
- La clave es que actuó pese a resoluciones judiciales previas que le instaban a contratar
- La Ley Rider estableció en 2021 la presunción de laboralidad para los repartidores de plataformas
El consejero delegado y cofundador de Glovo, Óscar Pierre, podría sentarse próximamente en el banquillo de los acusados. El Juzgado de Instrucción número 31 de Barcelona ha dado un paso decisivo al dejar la causa a un paso del juicio oral por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores, derivado del uso sistemático de repartidores contratados como falsos autónomos pese a que resoluciones judiciales previas ya habían instado a la compañía a regularizar esa situación.
Lo que convierte este caso en especialmente grave no es solo la naturaleza de los hechos investigados, sino el carácter deliberado que se desprende de la acusación: la compañía habría mantenido ese modelo de contratación a sabiendas de que los tribunales lo habían cuestionado. Eso eleva el presunto ilícito desde una mera infracción administrativa al ámbito del derecho penal.
Una práctica ya condenada en el orden social que ahora llega a lo penal
La figura del falso autónomo en las plataformas de reparto a demanda lleva años en el centro del debate laboral y judicial en España. Glovo acumuló una larga serie de resoluciones contrarias en la jurisdicción social, que consideraron de forma reiterada que sus repartidores debían estar reconocidos como trabajadores por cuenta ajena. La entrada en vigor de la llamada Ley Rider en 2021 estableció además una presunción legal de laboralidad para este colectivo, lo que reforzó jurídicamente esa posición. Que la instrucción penal haya avanzado hasta este punto sugiere que la acusación cuenta con indicios suficientes de que Pierre, como máximo responsable ejecutivo, fue consciente de esas resoluciones y optó por no acatarlas.
El salto de lo laboral a lo penal tiene consecuencias de otro orden: ya no se trata de multas o recargos a la Seguridad Social, sino de una responsabilidad personal del directivo que, de confirmarse en juicio, podría derivar en penas privativas de libertad. Los delitos contra los derechos de los trabajadores contemplados en el Código Penal incluyen penas de prisión de entre seis meses y dos años en los supuestos más graves.
Glovo, bajo presión regulatoria y judicial de forma simultánea
La compañía barcelonesa, adquirida por el grupo alemán Delivery Hero, lleva varios ejercicios acumulando frentes abiertos en distintos ámbitos. La Inspección de Trabajo ya impuso sanciones millonarias por cotizaciones no ingresadas a la Seguridad Social en relación con sus repartidores, y diversas sentencias de juzgados de lo social de toda España habían fallado en su contra. El proceso penal que ahora avanza en Barcelona añade una dimensión distinta: la posibilidad de que la responsabilidad penal alcance directamente a la cúpula directiva, no solo al patrimonio societario.
Para Óscar Pierre, uno de los emprendedores tecnológicos más conocidos del ecosistema startup español, el avance de esta causa supone un golpe a su imagen pública en un momento en que Glovo intenta proyectarse como una compañía en proceso de adaptación a las nuevas exigencias legales del mercado laboral europeo.
Los modelos de OpenAI accedieron sin autorización a webs del Gobierno de EE.UU.
Puig se hace con el 100% de Isdin tras comprar la mitad que tenía Esteve por 1.200 millones
OpenAI dice haber resuelto las ecuaciones de Navier-Stokes, pero la comunidad científica le acusa de plagio
L'expresident de Plus Ultra acusa Zapatero de rebre l'1 per cent de l'ajuda estatal.