Claves
- Hacienda archivó la solicitud del PNV en mayo de 2024 por falta de pruebas del vínculo fiduciario
- El Gobierno cedió igualmente el palacete en diciembre mediante decreto-ley, sin nuevas pruebas aportadas
- Patrimonio del Estado fue despojado de su competencia sobre estos expedientes tras su dictamen negativo
- La cesión coincidió con el apoyo del PNV al decreto ómnibus que el Gobierno necesitaba convalidar
El Gobierno de Pedro Sánchez entregó en diciembre de 2024 al PNV la titularidad del palacete que albergaba la sede del Instituto Cervantes en París pese a que su propio Ministerio de Hacienda había archivado esa solicitud siete meses antes, al concluir que era materialmente imposible verificar que el inmueble perteneciera al partido vasco. La resolución, firmada en mayo de 2024 bajo la responsabilidad de la entonces vicepresidenta primera María Jesús Montero, certificaba que el PNV no había aportado documentación suficiente para acreditar la relación fiduciaria que exige la Ley de Memoria Democrática. ABC ha tenido acceso al expediente.
La Dirección General del Patrimonio del Estado había requerido al PNV documentación adicional que acreditara que las sociedades compradoras del inmueble en 1937 actuaban por cuenta del partido. Los jeltzales no respondieron a ese requerimiento. El informe, de siete páginas, advertía además de la ambivalente condición de los actores que intervinieron en la adquisición, ya que actuaban simultáneamente como militantes o simpatizantes del PNV y como agentes del Gobierno Vasco, lo que impedía concluir que el bien fuera estrictamente del partido.
Un informe de Memoria Democrática desbloquea lo que Patrimonio había cerrado
Lo que sí consta en el expediente es un informe del secretario de Estado de Memoria Democrática, Fernando Martínez, fechado el 7 de septiembre —sin especificación de año—, que contradice la valoración técnica de Patrimonio y valida la versión del PNV al concluir que los fondos empleados para adquirir el edificio fueron recaudados en 1936 y gestionados por el partido. Ese criterio político prevaleció sobre el análisis jurídico y documental del órgano competente en materia de bienes del Estado.
El traspaso no se tramitó por vía administrativa ordinaria sino a través de un decreto-ley ómnibus de carácter urgente, un instrumento que eludió el proceso técnico de instrucción y lo resolvió en el ámbito político. El texto del decreto justificó la cesión apelando a los principios inspiradores de la legislación de memoria y a la vinculación histórica del inmueble con el partido, sin que conste en el expediente ningún elemento probatorio nuevo aportado por el PNV tras el archivo de mayo.
El Gobierno retiró a Patrimonio la competencia sobre estos expedientes tras el archivo
La respuesta del Ejecutivo al bloqueo técnico fue doble: por un lado, cedió el inmueble por decreto sorteando el dictamen de Patrimonio; por otro, aprovechó el mismo decreto-ley para reformar la Ley de Restitución de 1998 —aprobada bajo el Gobierno de José María Aznar— y retirar a la Dirección General de Patrimonio del Estado la competencia para instruir estos procedimientos, trasladándosela a la secretaría de Estado de Memoria Democrática, dependiente del Ministerio de Política Territorial que dirige Ángel Víctor Torres. Es decir, al mismo departamento cuyo titular había respaldado la petición del PNV.
La operación tuvo una dimensión parlamentaria evidente. La cesión del palacete fue incluida en el decreto ómnibus que el Gobierno necesitaba convalidar en el Congreso, y el PNV respaldó ese decreto. Sin embargo, Junts lo tumbó y quedó derogado en enero de 2025. El Ejecutivo aprobó entonces un segundo decreto-ley que mantuvo el traspaso del inmueble; este sí fue convalidado en febrero de 2025. El palacete ya figura inscrito a nombre del Partido Nacionalista Vasco en los registros públicos correspondientes.
El Gobierno no ha respondido a las preguntas de ABC sobre qué motivó el cambio de criterio entre el archivo de mayo y la cesión de diciembre, ni por qué se optó por la vía del decreto urgente en lugar de reabrir el expediente administrativo con nuevas pruebas. La ausencia de explicación resulta especialmente llamativa dado que la propia ley que ampara estas restituciones exige acreditar el vínculo fiduciario, condición que el órgano técnico competente consideró no demostrada.
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